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Seguro Agropecuario
Una cobertura para cada necesidad de los productores agropecuarios

EMPRESAS OFRECEN AMPLIA GAMA DE PRODUCTOS

Los seguros clásicos son granizo tradicional, granizo y adicionales y multirriesgos. Estos últimos protegen las mermas de rendimiento a consecuencia de eventos climáticos, biológicos y físicos.

El mercado de seguros ofrece una amplia gama de productos que se ajustan a las características de cada cultivo, zona productiva y tipo de productor.

Sin embargo, las coberturas clásicas utilizadas en producciones extensivas: granizo tradicional, granizo y adicionales y multirriesgos, representan la mayor parte del volumen total de primas comercializadas. La cobertura de Granizo asegura daños o pérdidas de la cosecha a consecuencia del granizo hasta el capital total asegurado, en tanto, las plantas estén arraigadas al suelo. La indemnización procede cuando el daño supera un determinado porcentaje de la suma asegurada, correspondiente a la superficie afectada por siniestro.

El seguro de Incendio cubre los daños materiales causados por la acción directa del fuego a los frutos y productos asegurados; el de Resiembra, cubre los gastos de la resiembra hasta un 20 o 40 % de la suma asegurada de la superficie afectada cuando algún riesgo cubierto se presenta en las primeras etapas del cultivo y se compruebe que provocó una reducción de la población original del cultivo que justifique su resiembra; y los seguros de Granizo con adicionales incluye fenómenos climáticos como vientos fuertes, heladas, y falta de piso, entre otros.

Los Multirriesgos, por otra parte, protegen mermas de rendimiento a consecuencia de eventos climáticos, biológicos y físicos.

Este producto cubre aproximadamente el 60% de los rendimientos históricos del departamento y requieren tasación previa del predio a asegurar. Cuando el asegurado tenga en su campo un rendimiento promedio inferior al de referencia, se indemniza sin aplicación de franquicia alguna, la diferencia entre los quintales de referencia para cada cultivo y los quintales obtenidos como producción en la totalidad de la superficie del mismo cultivo en el establecimiento.

Para el caso de daños al cultivo a consecuencia de los riesgos cubiertos, donde el productor decide resembrar, la aseguradora procede a indemnizar el 20% de la suma asegurada del área efectivamente resembrada, quedando dicha superficie asegurada por el 80% restante.

 

Fuente: Semanario InfoCampo

 
Publicado el: 2010-07-29