Seguros Agropecuarios
COBERTURA DE ÍNDICE POR DÉFICIT DE PRECIPITACIONES PARA EL CULTIVO DE MAÍZ

La cobertura de índice para maíz formó parte del trabajo del Comité Coordinador creado por el Convenio entre el entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Superintendencia de Seguros de la Nación. En este ámbito formal de coordinación entre las áreas técnicas de los organismos y las compañías de seguros representadas por las Cámaras del Sector, se contrataron consultoras especializadas para realizar el análisis técnico, cuyos estudios se encuentran a disposición.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA COBERTURA?

El objetivo es ofrecer al productor una herramienta de transferencia del riesgo de sequía para el cultivo de maíz. Ante la escasez de precipitaciones en los periodos determinados como críticos, la cobertura establece el pago de una suma que podrá representar desde el equivalente a sus costos de producción, hasta la un porcentaje de su producción promedio esperada, dependiendo de la suma contratada por el mismo.

¿CUÁNDO SE CUBRE EL DÉFICIT HÍDRICO?

A partir del análisis de correlación entre los milímetros acumulados de lluvia y días consecutivos sin lluvia con los datos de rendimientos de maíz del departamento correspondiente, se determinaron los valores críticos en las distintas etapas fenológicas del cultivo. Las máximas correlaciones se obtuvieron a partir de fines de Octubre hasta los primeros días de Enero, cubriendo parte del periodo vegetativo y reproductivo del cultivo.

La cobertura se establece en un total de 75 días para la Siembra Temprana y de 70 días para la Siembra Tardía dentro de un rango de fechas. Para las zonas estudiadas, las fechas de siembra óptimas, están comprendidas entre el 01/09 y el 12/10 para maíz temprano y entre el 01/12 y el 12/01 para el caso del maíz tardío, y así se distribuyen de acuerdo al siguiente cuadro.



¿QUIÉNES PUEDEN CONTRATAR EL SEGURO?

Aquellos productores agropecuarios que realicen la Siembra de Maíz en las zonas aptas para el cultivo dentro del área de influencia de las estaciones meteorológicas de Paraná, Sauce Viejo y Rafaela. Esto incluye los departamentos de Paraná(Entre Ríos), Castellanos y La Capital(Santa Fe).

¿CUÁL ES EL ÍNDICE DE LA COBERTURA?

El seguro cubre el déficit, medido en milímetros de lluvias, en función de las precipitaciones acumuladas dentro del periodo de medición.

Las mediciones de las precipitaciones diarias serán las registradas por las estaciones meteorológicas habilitadas y su cómputo se hará conforme a las mediciones usuales del día pluviométrico.

ESTACIONES METEOROLÓGICAS HABILITADAS?




La estación meteorológica principal será la más representativa para el productor, entre las que se encuentran más próximas a la zona que contiene el riesgo asegurado.

Se irán agregando estaciones de la Bolsa de Cereales de Entre Ríos, Bolsas de Comercio de Santa Fe y de Rosario a medida que se encuentren habilitadas por el Servicio Meteorológico a los efectos del uso para la cobertura.

¿CÓMO OPERA LA COBERTURA Y CUÁLES SON LOS UMBRALES DE ACTIVACIÓN?

El monto de la indemnización variará en función del valor que tome el Índice:

  • La cobertura operará si el índice registra valores inferiores o iguales al Umbral de Activación (UA). La indemnización mínima es del 20% sobre la Suma Asegurada establecida por hectárea.
  • Cuando el índice registre valores entre el Umbral de Activación (UA) y el Índice de Salida (IS), se producirá un pago proporcional.
  • Si el índice registra valores inferiores o iguales al Índice de Salida (IS), la indemnización será total (100%).

Los valores de los umbrales para cada tipo de siembra son:

  • Índice de salida (IS): Valor del Índice debajo del cual se paga el 100% de la suma asegurada. Para maíz temprano: 80 mm, para maíz tardío: 65 mm
  • Umbral de Activación (UA): Valor del Índice debajo del cual existe indemnización proporcional. Para maíz temprano: 160 mm, para maíz tardío: 150 mm








  • COBERTURA ADICIONAL OPTATIVA EN DÍAS CONSECUTIVOS SIN LLUVIA

    Con el fin de ampliar la cobertura del productor, el mismo puede optar por adicionar una cobertura que paga un 20% de la Suma Asegurada si se registran 20 días o más, consecutivos sin lluvias, durante un periodo en torno a la floración del maíz.

    El periodo de cobertura se establece en 45 días, según el siguiente cuadro:



    Días consecutivos sin precipitaciones: Serán contabilizados como días sin lluvia a mediciones de precipitaciones menores o iguales a 3 milímetros diarios.

    ¿CÓMO HUBIESE OPERADO LA COBERTURA?

    Un ejemplo: Paraná, maíz de siembra temprana

    Tomando como ejemplo la estación de Paraná, y el maíz de siembra temprana, el presente cuadro indica las precipitaciones acumuladas en el correspondiente periodo de cobertura para los últimos 34 años. Las barras en color rosa son las campañas en que se hubiese activado la cobertura principal (2008/09 y 2010/11); las de color naranja indican las campañas en que sólo la cobertura adicional hubiese operado (por ejemplo 2011), y la barra en color rojo oscuro refleja la campaña 2007/08 en que hubiesen sido indemnizadas ambas coberturas.





    ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD

    Informe ECOCLIMASOL

    Informe ARC

    NORMATIVA

    Resolución SSN 39507/2015

    Boletín Oficial